Chile y la Constitución de Cádiz de 1812

Chile y la Constitución de Cádiz de 1812

La Constitución de Cádiz fue una constitución creada en 1812 para toda España por las Cortes de Cádiz convocadas en ausencia del rey Fernando VII tras su captura por parte de Napoleón. Su redacción comenzó el 24 de septiembre de 1810 con la presencia de diputados provenientes de todos los reinos hispánicos, a pesar de la negativa de algunos gobernadores de estos. Los reinos sin representación oficial contaron con diputados suplentes como el caso de Chile el cual fue representado por Joaquín Fernández de Leiva y Miguel Riesco y Puente.

Fernández fue hermanastro de Manuel Rodríguez. 

Anteriormente entre el 7 de noviembre de 1809 y el 16 de febrero de 1810 se había realizado una elección en las distintas provincias de Chile en donde votaron 15 cabildos fuera de la capital, algo bastante único en cuanto a representación ya que en Nueva España, el virreinato más populoso, solo votaron 14 cabildos.

En Santiago sin embargo no se realizó la elección ya que el gobernador García Carrasco se encontraba en una situación cada vez más difícil debido a haber perdido una elección en el cabildo contra sus opositores. Por temor a perder ante sus oponentes otra elección, Carrasco tuvo éxito en frenar la elección para las Cortes en la capital.

En enero de 1810 además habían llegado órdenes de cambiar los criterios para ser representantes en las Cortes, por otro lado, ahora todas las ciudades, aunque no hayan sido capitales, podían votar. Para ser elegido, además de ser hispanoamericano de nacimiento, no debía desempeñar un cargo público ni ser deudor de la real hacienda. Al encontrarse algunos de los electos inhabilitados por la nueva orden, García Carrasco encontró su excusa para aplazar el cumplimiento de las órdenes de la Junta Central. 

A pesar de que la Real Audiencia, en el acuerdo del 12 de marzo, resolvió que se recomenzara la elección según la nueva forma, el gobernador se abstuvo de cumplir tales órdenes. Y por este motivo Chile no tuvo una representación oficial, sino la de los diputados suplentes ya mencionados quienes eran chilenos que residían en Cádiz.

Estos, junto a otros diputados hispanoamericanos liberales pedían, igualdad de representación en las cortes con las provincias hispanoeuropeas, supresión de trabas y prohibiciones a la agricultura, absoluta libertad de comercio, fomento a la minería, abolición del estanco, la declaración de que la mitad de los empleos de cada reino debían proveerse necesariamente en los nacidos dentro de su territorio, y por último, el establecimiento de los jesuitas para dar fomento a los estudios y a las misiones.

El texto comenzaba con el artículo “La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios” y establecía un modelo liberal de Estado, basado en la división de poderes: el monarca se encargaba del gobierno y la administración; la potestad de hacer las leyes residía en las Cortes, aunque el rey debía sancionarlas y podía vetarlas durante dos años; mientras que los tribunales de justicia eran los responsables de aplicar la ley. Las Cortes decretaron la libertad de imprenta, y el final de la censura dio paso a acaloradas discusiones en cafés y tertulias. En 1813, tras apasionados debates, las Cortes acordaron suprimir el tribunal de la Inquisición. Tras su regreso a España, el rey Fernando VII declaró nula la Constitución y todos los decretos promulgados por las Cortes. El texto en sí influenció las posteriores constituciones republicanas de Chile y de otros países de la región.

Diputados Suplentes por el Reino de Chile en las cortes de Cádiz:

*Joaquín Fernández de Leiva

*Miguel Riesco y Puente – Liberal

Lista de diputados electos por el Reino de Chile en 1809 y 1810:

*Manuel Manso – Realista – 3 cabildos

*Miguel Eyzaguirre – Moderado – 2 cabildos

*José Teodoro Sánchez – 2 cabildos

*Judas Tadeo Reyes – Realista – 1 cabildo

*Joaquín Fernández de Leiva – 1 cabildo

*Juan Martínez de Rozas – Separatista – 1 cabildo

*Ignacio Godoy – 1 cabildo

*José Ignacio Cienfuegos – Separatista – 1 cabildo

*José Ignacio Guzmán – 1 cabildo

*José de Santiago Concha – 1 cabildo

*Juan Antonio Ovalle – Moderado – 1 cabildo